miércoles, 22 de mayo de 2013

Abre la puerta.

Cuando ves a una mujer llorando o buscando ayuda para refugiarse de su atacante abre la puerta, abre tu mente a ella y ayudala.

¿Cómo puedes ayudarla?
Llamado a carabineros, y tratando de que se relaje.
Puedes salvar una vida

http://www.youtube.com/watch?v=4yOoRwKz0bk
¿Dónde denunciar la violencia contra las mujeres o intrafamiliar?
 Si tú o alguna mujer que conoces es víctima de violencia por parte de su pareja, ex pareja o por otro miembro de su familia, puedes denunciarlo en los Juzgados de Familia, Carabineros o en Policía de Investigaciones. Si no existe evidencia de violencia física o la denuncia es por violencia psicológica o económica el mejor camino es el Juzgado de Familia. En el caso de que ya exista constatación de lesiones, es decir un documento médico que compruebe la agresión física también es posible hacer la denuncia y/o en el caso de amenazas de muerte se debe denunciar directamente en las Fiscalías del Ministerio Público.
 ¿Es necesario contar con pruebas o documentos para denunciar? 
 No. Para hacer este trámite no es necesario contar con un documento que certifique la agresión física, psicológica o económica, basta con el testimonio de la afectada para cursar la denuncia. Sin embargo, en el caso de violencia física evidente es recomendable asistir a un centro de salud para constatar lesiones, las que según la nueva ley, no serán calificadas jamás como leves, sino como menos graves, y llevar ese documento ante la autoridad donde se realizará la denuncia. 
¿Quién puede realizar la denuncia?
 La afectada o cualquier persona que conozca los hechos, ya sea un familiar, una amiga y/o un vecino. Incluso los/as funcionarios/as públicos tienen el deber de denunciar. ¿Puedes denunciar si no estás casada o no vives con el agresor? Sí. La nueva ley de Violencia Intrafamiliar (VIF) contempla denuncias en contra del marido o ex marido, del conviviente o ex conviviente. Incluso puedes denunciar al pololo o ex pololo, siempre que existan hijos/as en común. La Ley VIF también protege al padre y a la madre de la violencia ejercida por los hijos, a los hijos e hijas que son agredidos por sus padres, o a cualquier miembro de la familia que sea agredido por un tío, hermano, cuñado, suegro, nieto y/o abuelo.
 ¿Qué tipo de medidas de protección puede dictar él o la jueza?
 El Juez o Jueza tiene el deber de otorgar medidas de protección a la víctima, como las siguientes: Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común. Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo. Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante. Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as. Prohibir al agresor portar armas de fuego. 
¿Cómo actuar si el agresor no respeta la medida de protección decretada por el juez o jueza?
 Es importantísimo llamar a Carabineros, ya que ellos tienen la obligación de detener al agresor que incumpla las órdenes del Tribunal de Familia o del Fiscal que investigue el caso. Es recomendable tener a mano una copia de la resolución judicial que indica la medida de protección para mostrársela a Carabineros y agilizar su trabajo. El juez o jueza podrá ordenar el arresto hasta por 15 días del agresor que incumpla las medidas de protección. Mientras, envía los antecedentes al Ministerio Público para que éste sancione al agresor con una pena de cárcel que puede ir de 541 días a cinco años y un día, dependiendo del caso.
 ¿Qué pasos siguen a la denuncia por Violencia Intra Familiar (VIF) en el JUZGADO DE FAMILIA? 
 Una vez presentada la denuncia los Tribunales de Familia, existen dos pasos fundamentales: la AUDIENCIA PREPARATORIA y la AUDIENCIA DE JUICIO. En la AUDIENCIA PREPARATORIA el juez o jueza cita a al agresor y la víctima. En esta oportunidad la mujer violentada debe contarle al juez o jueza lo sucedido y ofrecer pruebas. Ojo, no presentar las pruebas, sino incluirlas en el proceso. El juez o jueza puede, asimismo, solicitar las pruebas que estime conveniente. Si el Tribunal de Familia estima que está en presencia de Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar, las partes serán citadas a una AUDIENCIA DE JUICIO donde se presentarán las pruebas para corroborar lo dicho en la denuncia y se dictará la sentencia. Si el juez o la jueza determina que se está en presencia del Delito de Maltrato Habitual, que tiene que ver con el número de agresiones, así como con la proximidad temporal de las mismas, los antecedentes del caso serán enviados al Ministerio Público, donde continuará la investigación y se dictará la sentencia. ¿Necesitas un abogado/a para presentar la denuncia ante el JUZGADO DE FAMILIA?
 NO. Puedes presentar la denuncia sin abogado. Pero si en la audiencia preparatoria, el demandado se presenta con abogado, puedes pedir que se suspenda la audiencia y que nombren a un abogado para asegurar igualdad de condiciones ante la jueza o juez. 
¿Qué pruebas necesitas para el juicio por Violencia Intrafamiliar ante el JUZGADO DE FAMILIA?
 Videos, constatación de lesiones (entregadas en los servicios de salud), informes psicológicos, informes sociales y/o declaraciones de testigos. Puede atestiguar cualquier persona que conozca o haya visto el maltrato o sus efectos, no importando la relación que tenga con la víctima. Familiares, amigos o vecinos pueden testificar.
 ¿Cuál es la sanción al Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar?
 Una multa que va de media Unidad Tributaria Mensual (16.000 pesos) a quince UTM (480.000 pesos) que irá en ayuda de los centros de atención a víctimas de VIF. Además, se podrán decretar MEDIDAS ACCESORIAS para la protección de la víctimas que regirán por un mínimo de seis meses y un máximo de un año, pero que podrán extenderse si así se lo solicita al juez. Las MEDIDAS ACCESORIAS son las mismas MEDIDAS DE PROTECCIÓN  Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común. Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo. Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante. Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as. Prohibir al agresor portar armas de fuego.
 YA SABES, YA NO HAY ESCUSAS PARA NO DENUNCIAR A TU AGRESOR.

Vídeo

https://www.youtube.com/watch?v=hhnTzZfuq_k

Este vídeo describe secuencialmente la violencia contra la mujer, poniendo de fondo una canción de "Porta" (cantante)llamada La bella y la bestia.
Es un vídeo realizado con distintos vídeos de películas, series, y spot publicitarios, sigue la secuencia lógica de la canción del vídeo.
El vídeo es realmente fuerte y logra mantener la atención del que lo ve.

Puede ser...

Puede ser tu hija, tu hermana, tu tía, tu prima.
No hagas con las mujeres lo que no quieres que hagan con tus cercanas.
RESPETA 

Mi opinión.-

Bueno ya llevo unos meses investigando del tema sobre la violencia hacía las mujeres, y obviamente ya forme una opinión con respecto a muchos puntos que el tema puede llegar a dar.
*El primero es la penalización que en Chile dan hacia la violencia, que a mi parecer es muy corta además para poder denunciar también es complicado porque se necesitan pruebas, una constatación de carabineros en un hospital, que siento es muy complicado y contiene mucho tramite.
*El segundo punto es sobre las denuncias preventibas que al igual que el punto anterior necesita la muestra visible de los golpes, pero ¿qué se hace cuando es violencia psicológica?, ¿cómo denuncio ese tipo de violencia si no deja marca visible?. Con estas preguntas juzguen ustedes...
*El tercer punto seria la llegada de los carabineros a las denuncias telefónicas, que es la mayoría de los casos tardía, por ende, no llega a capotar el momento indicado de la violencia. 
*El cuarto punto es la mentalidad  de las mujeres frente a la violencia, que es escusarlo con pretextos como yo lo provoque, yo lo incite, es porque estaba tomado, yo no debí haber hecho eso, yo lo moleste, yo lo hice enojar, etc.
*y el quinto es la mentalidad masculina, que hasta el día de hoy es machista, aun creen que la mujer es de su dominio, que es de su propiedad, cuando nunca lo han sido.
Si en Chile la mentalidad cambiara y mucho mejor si se cambiara la mentalidad en todo el mundo la violencia disminuiría mucho más, si hicieran que las mujeres se hagan respetar desde pequeñas y por consiguiente los hombres aprendan a respetar a las mujeres veríamos menos femicidios menos divorcios, etc.

Esta es solo una opinión personal acerca de lo que he visto gracias al blog.


miércoles, 15 de mayo de 2013

Tipos de Violencia

Hay distintos tipos de violencia, que son los siguientes:

Violencia intrafamiliarLa violencia intrafamiliar es la que se da en la propia familia cuando una  mujer es víctima de un abuso físico y/o psicológico ejercido por otra persona de mayor poder (hombre). Se refiere a toda situación de maltrato que ponga en peligro la vida o la integridad física y/psíquica de las personas. Generalmente se transforma en una situación que se repite una y otra vez. La violencia intrafamiliar es un delito y está penada por la ley [Ley No 20.066]

La violencia intrafamiliar hacía la mujer incluye:
  • Abuso físico o maltrato físico: es la conducta dirigida a ocasionar algún daño en el cuerpo de la persona: empujones, tirones de pelo, cachetadas, torceduras, mordeduras, cortes, golpes con puños, golpes con objetos, palizas, quemaduras, etc. Cuando se le hace a una niña o un niño, se habla de maltrato infantil. 
  • Abuso psicológico o violencia emocionales lo que se hace para causar temor y miedo, para controlar la conducta, sentimientos y pensamientos de la persona que está siendo agredida: descalificaciones, burlas, insultos, extorsiones, manipulaciones, garabatos, negar permisos sin justificación, abandono, amenaza, etc. ejemplos: “eres una inútil”, “no sirves para nada”, “eres flojo”, “eres tonta”, etc. 
Las mujeres víctimas de violencia durante la infancia, tienen mayor riesgo de sufrir violencia psicológica, física y sexual por parte de sus parejas en la edad adulta, y también sus hijos/as tienen mayor riesgo de sufrir de algún tipo de violencia.

Violencia sexualLa violencia sexual es “toda actividad sexual no voluntaria, forzada mediante la violencia física, o por cualquier forma de coerción, agresión o abuso. Su práctica implica una relación de sometimiento en la cual la víctima ha rechazado el acto sexual.

Se considera como abuso sexual también “la actividad sexual inducida prevaliéndose de una situación de superioridad dada la particular condición de la víctima, por trastorno o deficiencia mental, o por dependencia económica, laboral, desamparo, inexperiencia o ignorancia”. 
Todas las personas sin importar la edad, el sexo, la religión o la clase social (pobres o ricos) pueden sufrir violencia sexual. Sin embargo, la mayoría de las personas que han sufrido violencia sexual son y han sido las mujeres (niñas, adolescentes y adultas).
En la mayor parte de los casos la violencia sexual ocurre dentro del hogar de la víctima, siendo el agresor alguien cercano, muchas veces, el propio padre. Según los estudios, el abuso sexual en adolescentes es más frecuente de lo que se piensa. Sin embargo, la mayoría de las veces el delito no se denuncia, lo que se conoce como “círculo de silencio”, en el que participan el padre, la madre, la familia y los propios afectados/as.
Hay varias formas de violencia sexual:
  • Violaciónse considera violación cuando hay penetración vaginal, anal o por la boca, haciendo uso de la fuerza o la intimidación, a una persona mayor de 14 años, o si se encuentra privada de juicio o es incapaz de oponer resistencia. En menores de 14 años la penetración por parte de otra persona es considerada siempre una violación, aunque no sea con violencia y haya consentimiento del o la menor.
  • Violación del cónyuge o el convivientese considera delito sólo si la violación se efectúa haciendo uso de fuerza o intimidación.
  • Abuso sexualse refiere a toda acción de tipo sexual distinta a la penetración, con contacto corporal, que realiza una persona para su propia satisfacción, en una persona mayor de 14 años, si se ha usado fuerza o intimidación, o la víctima se encuentra privada de juicio o es incapaz de oponer resistencia, por ejemplo: manosear el cuerpo, los genitales y el ano, masturbar a la persona u obligarle a hacerlo, introducir objetos en ano, boca o vagina. En menores de 14 años cualquiera de estos hechos siempre se considera abuso. Las mujeres víctimas de abuso sexual durante la infancia, tienen mayor riesgo de sufrir violencia física y sexual por parte de sus parejas en la edad adulta, así también sus hijos/as tienen mayor riesgo de sufrir de abuso sexual [Ley No 19.927].
  • Acoso sexual: es cuando una persona realiza requerimientos indebidos de tipo sexual no consentidos, que amenacen o perjudiquen la situación laboral de la víctima [Ley No 20.005].

Si callas eres cómplice.

La violencia no es solo ¡FISICA!, también es ¡PSICOLÓGICA! 
¡NO calles!







viernes, 3 de mayo de 2013

¿Porqué se produce la violencia contra la mujer?

La violencia contra la mujer hoy en día se produce cada vez más, ya que aun que estamos en un año más "avanzado" el machismo aun es grande y practicado por hombres y mujeres. No solo los hombres puedes ser machistas al agredir, también lo son las mujeres que se dejan, o que crían a sus hijas para que el hombre sea "superior" a ellas, cuando realmente no lo es. No es que las mujeres sean superior, sino que ambos tenemos los mismos derechos y capacidades. No porque un hombre tenga más fuerza va a golpear a una mujer que por su físico tiene mucha menos fuerza.
Los especialistas en el tema comentan que las relaciones que tienen violencia la siguen teniendo, ya que cuando se produce el acto de violencia, luego se produce un acto llamado "luna de miel" que es cuando se produce la agresión y luego viene un tiempo de "enamoramiento" en el que se reconcilian, no pelean, y están mejor que nunca. Siendo este tiempo de Luna de miel cada vez más corto al pasar los meses y los años, llevando solo a la agresión y nada de reconciliación.

Esto es simplemente una opinión personal basada en lo que conozco del tema.  

viernes, 19 de abril de 2013



Femicidios 2013
12) Marzo: En la comuna de Hualaihue, provincia de Palena, Región de Los Lagos, Rosa Alba Hernández Marín, de 44 años, falleció producto de las heridas con arma blanca que le propinó su marido Arnorldo Caicheo Núñez, de 45 años, quien posteriormente se suicidó. La víctima no registraba denuncias previas por violencia intrafamiliar, por lo que no contaba con medidas cautelares.

11) Marzo: En la comuna de Maipú Sebastián Gajardo Lorca, asesinó con arma blanca a su conviviente, Karen Sotomayor de 38 años. La víctima deja un hijo de 12 años.

10) Marzo: En la comuna de Puente Alto, Carmen Gloria Vásquez, de 36 años, falleció a manos de su ex pareja, producto de una certera estocada. El victimario se encuentra prófugo.

9) Marzo: En la comuna de Estación Central un sujeto de nacionalidad peruana asesinó a su pareja con arma blanca. La víctima es Hilda Farfán Chávez de 32 años, también de nacionalidad peruana. El agresor se encuentra detenido.

8) Marzo: Carlos Muñoz Toledo (40 años) mató a su pareja, Carolina Olate Aguayo (30 años), en Arauco. El agresor apuñaló a su pareja hasta quitarle la vida y luego se ahorcó en el mismo lugar.

7) Febrero: En Chile Chico, Región de Aysén, Paula Muñoz Márquez (26) murió a manos de su conviviente Santos Muñoz Pardo (57) con el que tenían una hija en común de 3 años. El sujeto fue detenido.

6) Febrero: En la comuna de Punitaqui, IV Región, Iris Soledad Romero Arriagada de 19 años, murió producto de un disparo de escopeta ejecutado por su conviviente Daniel Edgardo Alarcón Fernández, de 22 años, quien posteriormente se suicidó. Dejan un hijo en común de 4 años.

5) Febrero: John Manuel Conus Bustos, de 21 años, mañana asesinó a puñaladas a su ex pareja, Jennifer Herrera Carroza, de 21 años, en la comuna de Peñalolén. El sujeto acuchilló a la víctima en presencia del hijo de ambos de tan solo 2 años. El agresor se encuentra detenido.

4) Febrero: Karina Isabel Cea Cea, de 19 años fue agredida mediante un disparo en el pecho. El agresor, Haroldo Antonio Ceroni Castillo de 27 años, pololo de la víctima, se suicidó, esto en la comuna de Ñiquén, VIII región.

3) Enero: Cecilia Muñoz Saavedra (43 años) fue asesinada por su pareja, Juan Marcelo Muñoz Aceitón. La mujer fue encontrada con 25 puñaladas en su cuerpo, más de diez de ellas en la zona del cuello. La víctima era madre de dos hijos y, al parecer, se encontraba embarazada. El hecho ocurrió en la comuna de Pitrufquén.

2) Enero: En la comuna de Puerto Varas, María Inés Jiménez Paillán, de 42 años, falleció producto de las lesiones que le habría provocado su conviviente.

1) Enero: En la comuna de San Bernardo, Nelly Castillo Soto, de 19 años, murió a manos de su ex conviviente, Joel Mariqueo Castro, de 20, quien le propinó un disparo con un arma de fuego artesanal.







miércoles, 17 de abril de 2013


DATOS Y CIFRAS

La violencia contra las mujeres y las niñas constituye un problema de proporciones pandémicas. Según datos ofrecidos por diversos paíse s, hasta un 70% de mujeres sufren, en el transcurso de sus vidas, violencia física o sexual ejercida por varones, en su mayoría esposos, compañeros íntimos o alguien conocido.
Femicidio: el asesinato de mujeres por el hecho de ser mujeres

En los Estados Unidos, un tercio de las mujeres asesinadas cada año mueren a manos de un compañero íntimo.

En Sudáfrica, una mujer es asesinada cada 6 horas por un compañero íntimo. 

En la India, fueron asesinadas 22 mujeres por día en 2007 por motivos relacionados con la dote. 

En Guatemala son asesinadas dos mujeres cada día de promedio. 

Trata de personas

Las mujeres y las niñas conforman el 80% de las 800.000 personas que se calcula que son sometidas anualmente a la trata y en su mayoría (79 %) son traficadas para la explotación sexual.

Prácticas perjudiciales

Aproximadamente entre 100 y 140 millones de niñas y mujeres en el mundo han sufrido mutilación/ablación genital femenina; en África, más de 3 millones de niñas corren riesgo de ser sometidas a esa práctica anualmente.

Más de 60 millones de niñas en todo el mundo son esposas niñas. Multitud de niñas son casadas antes de cumplir 18 años principalmente en el Asia Meridional (31,1 millones) y en el África Subsahariana (14,1 millones).

Violencia sexual contra mujeres y niñas

Se estima que unos 150 millones de niñas menores de 18 años sufrieron alguna forma de violencia sexual sólo en el año 2002.

Hasta 1 de cada 4 mujeres experimenta violencia física y/o sexual durante el embarazo, lo que incrementa las probabilidades de sufrir un aborto espontáneo, un aborto inducido o de dar a luz un niño muerto. Hasta un 53 % de las mujeres abusadas físicamente por su compañero íntimo reciben patadas o puñetazos en el abdomen.

En San Pablo, Brasil, una mujer es agredida cada 15 segundos.

En Ecuador, las adolescentes que denuncian violencia sexual en la escuela identificaron a un docente como autor en el 37 % de los casos.

La violación como método de guerra

Aproximadamente entre 250.000 y 500.000 mujeres y niñas fueron violadas en el genocidio de Ruanda en 1994.

En el este de la República Democrática del Congo, han sido denunciados, desde 1996, al menos 200.000 casos de violencia sexual, en su mayoría ejercida contra mujeres y niñas, aunque se cree que la cifra real es mucho más alta.

El costo de la violencia contra las mujeres

Solamente la violencia doméstica cuesta alrededor de 1,16 mil millones de US$ en Canada y 5,8 mil millones de  US$ en los Estados Unidos. En Australia, la violencia contra las mujeres y los niños y las niñas tiene un coste estimado de 11,38 mil millones de US$ por año.

Acoso Sexual

Entre el 40 y el 50 % de las mujeres de los países de la Unión Europea experimentan insinuaciones sexuales, contactos físicos no deseados u otras formas de acoso sexual en el lugar de trabajo.

En los Estados Unidos, el 83 % de las niñas de entre 12 y 16 años de edad sufrieron alguna forma de acoso sexual en la escuela pública.



                                     

Violencia contra las Mujeres

La violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones a los derechos humanos más generalizadas. Puede adoptar la forma de abuso físico, sexual, psicológico o económico y no reconoce fronteras de edad, raciales, culturales, geográficas o económicas. Se ejerce en el hogar, la calle, la escuela, el lugar de trabajo, en el campo, en campos de refugiados, durante conflictos y crisis. Se manifiesta de numerosas maneras: desde las formas universalmente más predominantes de violencia doméstica y sexual, pasando por prácticas tradicionales nocivas, abuso durante el embarazo, las denominadas muertes por motivos de honor y otros tipos de femicidio.

Basándonos en los datos disponibles, hasta el 70 % de las mujeres son víctimas de violencia física o sexual por parte de un hombre a lo largo de sus vidas. Un estudio de la Organización Mundial de la Salud sobre 24.000 mujeres de 10 países encontró que la prevalencia de violencia física y/o sexual ejercida por un compañero íntimo varía entre el 15 por ciento en áreas urbanas de Japón hasta un 71 por ciento en áreas rurales de Etiopía, y en la mayoría de las zonas el porcentaje oscila entre el 30 y el 60 por ciento.

La violencia contra las mujeres y las niñas tiene consecuencias de largo alcance, puesto que también causa daños a las familias y las comunidades. La violencia de género no solamente constituye una violación a los derechos humanos, sino que también entorpece la productividad, disminuye el capital humano y menoscaba el crecimiento económico.

Los países han hecho algunos avances en material de respuesta a la violencia contra las mujeres y las niñas. Según el Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer elaborado por el Secretario General de la ONU en 2006, 89 países contaban con algún tipo de legislación sobre violencia doméstica y un creciente número de países habían instituido planes nacionales de acción. La violación conyugal es un delito penado por ley al menos en 104 Estados, y 90 países cuentan con leyes sobre acoso sexual. Sin embargo, las diferencias persisten en demasiados países



                          

Violencia Contra La Mujer


¿Qué es la violencia contra la mujer?
¿Qué es la violencia contra la mujer?
La violencia contra la mujer está reconocida en nuestra legislación  como  violencia intrafamiliar: Esto significa todo maltrato que afecte la vida  o la integridad física o síquica de la mujer dentro del contexto familiar.
En  Chile, el 35.7% de las mujeres reconoce haber sufrido violencia durante su vida.

La violencia contra las mujeres es una violación a los Derechos Humanos, atenta contra la dignidad de las personas, el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de las personas y destruye la familia.

La ley 20.066 asegura la protección y la asistencia a las víctimas.

¿Quiénes pueden ejercer violencia contra la mujer?
 El marido (cónyuge), ex marido (ex cónyuge), convivientes, ex convivientes, padre de uno de sus hijos, padres y abuelos, entre otras personas.

Existen diversas formas de violencia contra la mujer:

-         Violencia Física
Golpes con los puños o con objetos contundentes, patadas, empujones, etc.

-         Violencia Psicológica
Insultos, humillaciones, gritos, intimidación, amenazas de agresiones físicas, etc.

-         Violencia Sexual
Forzar física o psicológicamente a tener relaciones sexuales o a realizar actos sexuales humillantes o degradantes, etc.

-         Violencia Económica
Negar o condicionar el dinero necesario para la mantención propia y/o de las hijas o hijos u otras personas del núcleo familiar.

¿Qué debo hacer si sufro violencia?
Es muy importante pedir ayuda. Acércate a cualquiera de los Centros de la Mujer que SERNAM tiene a lo largo de todo el país, en donde recibirás el apoyo que necesitas.


Puedes llamar al Fono Ayuda Violencia 800 104 008


También puedes pedir ayuda, llamando  al fono 149 de Carabineros de Chile